Extinción de vigencia de la ley, ignorancia de la ley, y retroactividad de la ley.








 Investigación

“Lo que las leyes no prohíben, puede prohibirlo la honestidad”

Séneca. (akifrases, 2013)


Bienvenida

Sean bienvenidos a una entrada más de El Derecho según Luis. En la investigación de hoy, toca hablar sobre la ley, específicamente sobre si extinción de vigencia, la ignorancia de la misma y su retroactividad.

Para empezar, debemos dar el concepto de lo que es una ley, así como el proceso en el que se crea una ley.

LEY

La Ley, es la norma jurídica que emana del órgano del Estado investido con la facultad legislativa. La Ley es la norma de derecho con carácter general, permanente, abstracto y obligatorio, emanado del poder público. (IBARRA, 2011)

PROCESO DE CREACION DE LA LEY.

A la serie de etapas a través de las cuales se elabora una Ley se denomina Proceso Legislativo el cual se encuentra regulado por los Artículos 71 y 72, Constitucionales estas etapas son:

  • 1) Iniciativa
  • 2) Discusión
  • 3) Aprobación
  • 4) Sanción
  • 5) Promulgación
  • 6) Publicación
  • 7) Inicio de la vigencia
  • 8) Sistema Sucesivo
  • 9) Sistema Simultáneo o Sincrónico. (IBARRA, 2011)

LA VIGENCIA.

Una Ley entra en vigencia, a partir del momento en que ella lo establece, y en caso de no haberse establecido, lo hará a partir del octavo día de la fecha de publicación en el Boletín Oficial. La ley inicia su vigencia en la fecha de la publicación. 

SISTEMAS DE INICIACION DE LA VIGENCIA. Existen dos sistemas para que la ley inicie su vigencia el sucesivo y el sincrónico. El sucesivo ordena que la ley entrara en vigor, para los lugares donde se publica el diario oficial, tres días después de su promulgación. En los lugares distintos se conceden otros días en función de la distancia. A los tres primeros días uno mas por cada cuarenta kilómetros o fracción que exceda de la mitad. El sistema sincrónico establece que la ley entrara en vigor, en todas partes, el día preciso que la propia ley fije, siempre y cuando su publicación haya sido anterior.12 11 Código Civil Federal, Artículo 4. 12 Ponce Castillo Rodolfo(IBARRA, 2011)

FORMAS DE EXTINCION DE LA VIGENCIA DE LA LEY. Es la acción y efecto de extinguir o extinguirse, las leyes. Desaparición, en el tiempo o en el espacio de las leyes, a causa de cambio en las condiciones ambientales, de modificación en las características de las leyes. Hacer que desaparezcan gradualmente una ley. Caducar una obligación, plazo de la Ley. 

  • DEROGACION Es la obligación, abrogación y anulación de la Ley. Es el fin de la vigencia de una Ley. Expresa cuando se declara el final del período de su vigencia. Tácita cuando la invalidez se deduce de la posterior entrada en vigor de una disposición contraria de rango igual o superior. Suprimir una Ley, práctica o costumbre. Reformar o Modificar. Derogación significa, suprimir solamente algún o algunos preceptos de la Ley.  
  • ABROGACION DE LA LEY Significa quitar a la totalidad de la Ley su fuerza obligatoria. Como ejemplo podemos señalar que un Código Civil sustituye a otro anterior o que un Código Penal se suprime. (IBARRA, 2011)



LA IGNORANCIA DE LA LEY. 

Es el desconocimiento de la Ley que no exime de su cumplimiento, ya que se supone su conocimiento por todos los ciudadanos. (IBARRA, 2011)

El efecto de la norma legal ha de ser independiente del efectivo conocimiento que de la misma tenga el súbdito sometido a ella. Por esta razón, una vez la ley promulgada ha entrado en vigor, nadie puede alegar su ignorancia para excusar el no haberla cumplido. Ahora bien, colindante con la ignorancia de la ley, está el error de derecho o error iuris, que generalmente se fundamenta en un error sobre los efectos de la norma legal; es decir, el que padece el error ignora el hecho de que la norma señala un determinado efecto a un supuesto de hecho. Por esta razón, la ley establece que el error de derecho puede producir efectos; pero sólo aquéllos que la misma ley determine. (jurídica, 2020)

Derecho Civil

Dentro del derecho civil, se dice que es el principio que establece que la ignorancia de las normas no excusa de su cumplimiento. Tiene su origen en el Derecho romano y hoy en día no se concibe en sentido estricto de manera que suponga la obligación de todos los ciudadanos de conocer las normas, pues resulta una tarea imposible. 
(jurídica, 2020)



RETROACTIVIDAD DE LA LEY. 

Propiedad de algunas normas jurídicas de surtir efectos sobre hechos acaecidos con anterioridad a su promulgación. Que actúa u opera sobre un Tiempo ya pasado.  (IBARRA, 2011)

La retroactividad de la ley significa que puede aplicarse a casos ocurridos antes de su entrada en vigencia, o sea, a situaciones pasadas. Esto ocurre de modo excepcional ya que el principio es el que las leyes no tienen efecto retroactivo, rigiendo para el futuro, para lograr la seguridad y estabilidad jurídica con respecto a los derechos adquiridos y para afianzar la paz social. (Guía, 2013)




Referencias

akifrases. (2013). Frases y citas celebres sobre leyes . Obtenido de Sitio WEB: https://akifrases.com/frases/leyes#:~:text=Frases%20y%20Citas%20C%C3%A9lebres%20de%20Leyes%20%28438%20frases%29,el%20magistrado%20obedezca%20ciegamente%20a%20las%20leyes.%20%E2%80%9D.

Guía, L. (10 de 01 de 2013). Leyes retroactivas. Obtenido de Sitio WEB: https://derecho.laguia2000.com/parte-general/leyes-retroactivas

IBARRA, L. R. (2011). Tecnológico de Estudios Superiores del Oriente. Obtenido de Sitio WEB: http://www.tesoem.edu.mx/alumnos/cuadernillos/2011.016.pdf

jurídica, E. (2020). Ignorancia de ley. Obtenido de Sitio WEB: http://www.enciclopedia-juridica.com/d/ignorancia-de-ley/ignorancia-de-ley.htm

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